Sentencia BGH: los estudios de fitness deben devolver las contribuciones de cierre a sus clientes

Cualquiera que no haya podido usar su gimnasio durante el cierre de Corona tiene derecho a las cuotas de membresía pagadas durante este tiempo.

El Tribunal Federal de Justicia (BGH) dictaminó el miércoles en un caso modelo de Baja Sajonia que un estudio debe devolver las contribuciones recaudadas mediante débito directo a un cliente.

“El propósito de un contrato de gimnasio es la actividad física regular”, dijeron los principales jueces civiles de Karlsruhe. Con un cierre de varias semanas, era imposible brindar este servicio. (Az. XII ZR 64/21)

El demandante había firmado un contrato de dos años que comenzó a correr en diciembre de 2019. Después del estallido de la pandemia de la corona, el estudio tuvo que cerrar del 16 de marzo al 4 de junio de 2020.

No obstante, el operador siguió cobrando las cotizaciones mensuales de EUR 29,90. Al principio, el cliente había pedido sin éxito a su estudio que le devolviera el dinero y finalmente pidió un vale por el importe.

Sin embargo, el estudio solo le ofreció un “crédito por tiempo de entrenamiento”, que el cliente rechazó.

Ahora los estudios deben reembolsar las publicaciones de bloqueo

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Ante el BGH, el hombre tenía razón en última instancia. En el caso de un contrato de gimnasio con un plazo fijo de varios meses, “la apertura regular y durante todo el año y la usabilidad del estudio son de crucial importancia”, decidieron los jueces.

En el confinamiento, no se pudo lograr este propósito contractual.

Según el veredicto, el estudio tampoco tiene derecho a agregar las semanas de cierre al período del contrato, como algunos tribunales de menor instancia habían creído posible.

Los jueces de BGH también justifican esto con la solución de vales que el legislador introdujo en la primavera de 2020 para evitar insolvencias masivas a través de reclamaciones. El reglamento estipuló que los organizadores y las instituciones también pueden reembolsar las entradas y los “derechos de uso” con un bono.

El BGH dictaminó que así se había hecho una regulación final. Además, no se produce un ajuste del contrato.

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